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Tuesday 12 de May de 2026
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Condenado un usuario de X en Almería por incitar al odio contra los musulmanes

Condenado un usuario de X en Almería por incitar al odio contra los musulmanes

El acusado, que tenía 1.635 seguidores, publicó durante meses comentarios contra el colectivo musulmán, instando a perseguir a los musulmanes, a derribar mezquitas y a erradicar el Islam.
Agencia Islámica de noticias
Tuesday 12 de May.
Audiencia Provincial de Almería

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a un usuario de la red social Twitter –actualmente X– por propagar durante meses a lo largo de 2022 mensajes con un “rechazo intolerante” hacia todo lo relacionado con el islam con el fin de “hacer un llamamiento a la hostilidad” y “lesionar la dignidad del colectivo”.

El fallo dictado en firme, consultado por Europa Press, y citado por eldiario.es, impone al acusado dos años de prisión por un delito con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas con una atenuante muy cualificada de reparación de daño y suspende el ingreso en prisión del condenado.

El acusado, con una cuenta creada en enero de 2015 y que tenía 1.635 seguidores, publicó distintos mensajes y comentarios desde, al menos, el 21 de mayo de 2022 hasta el 10 de octubre del mismo año, dirigidos contra el colectivo musulmán.

Instó a la ilegalización del islam y al derribo de mezquitas

En el primero de ellos comentó una noticia relativa a la anulación del empadronamiento en Salobreña (Granada) de la entonces candidata a la Junta de Andalucía por Vox Macarena Olona; quien para él era “perseguida”, toda vez que contraponía su situación a la del colectivo, al que acusaba de la comisión sistemática de delitos y, pese a ello, ser “más españoles”.

El hombre dirigió varios 'tuits' directamente a criticar el islam, al que llegó a calificar de “tumor de occidente” para instar a “erradicarlo” e “ilegalizarlo” así como a perseguir a quienes lo practicaban. Del mismo modo, comentó varias noticias que usaba para sugerir el derribo de mezquitas y a prohibir el uso del velo o la presencia de imanes.

El tribunal señala así que el acusado era consciente de que sus mensajes se incorporaban a redes telemáticas “con vocación de perpetuidad”, de modo que, desde que se lanzaban, carecía del control sobre su difusión.

El fallo tuvo en cuenta para fijar la pena que el acusado, tiempo después de los hechos, dejó inactiva la cuenta, borró los mensajes e incluso publicó –ya en mayo de 2025– un texto en el que se retractaba de todo lo dicho y pedía perdón “avergonzado”, informó Europa Press.

No obstante, además de la pena de cárcel que deja en suspenso durante dos años con la condición de que no vuelva a delinquir en dicho periodo de tiempo, le impone una multa de tres meses a razón de seis euros diarios y la inhabilitación para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre por un periodo de cinco años.

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