La solicitante había solicitado un puesto en el control de pasajeros y equipaje. En su solicitud, incluyó una foto suya con un pañuelo en la cabeza. La empresa, contratada por la Policía Federal Alemana, se negó a remitir su solicitud para los controles de seguridad requeridos únicamente porque llevaba hiyab.
El tribunal dictaminó que esta decisión violaba la legislación alemana contra la discriminación. Los jueces enfatizaron que el rechazo de la solicitud no se basaba en ninguna justificación legal válida.
En su fallo, aclararon que ningún texto legal prohíbe la contratación de un agente de seguridad aeroportuaria que lleve pañuelo en la cabeza y que no llevar hiyab no es un requisito ocupacional esencial ni un prerrequisito para desempeñar el puesto.
El tribunal ordenó a la empresa en cuestión pagar 3.500 € en concepto de indemnización a la candidata perjudicada. Asimismo, reiteró que los principios de igualdad y la prohibición de la discriminación por motivos de religión deben respetarse en todas las etapas de la contratación, especialmente en puestos relacionados con servicios públicos y misiones de interés general.
Este caso se produce dos meses después de una controvertida sentencia en el estado de Hesse, donde se impidió a una jueza que llevaba pañuelo ejercer sus funciones en nombre del principio de neutralidad.
Defensores de la libertad religiosa denunciaron esta interpretación de la neutralidad estatal como discriminatoria, que afecta de forma desproporcionada a las mujeres musulmanas, informó Al Jazeera.