La Audiencia Provincial de Málaga absolvió a los sacerdotes Custodio Ballester y Jesús Calvo, así como al periodista Armando Robles, director del medio digital en el que ambos publicaban. Los tres estaban acusados de un supuesto delito de incitación al odio por sus críticas al islam y a la inmigración masiva.
El tribunal ha rechazado de forma tajante las peticiones de la Fiscalía, que solicitaba hasta cuatro años de prisión para los acusados, al concluir que sus manifestaciones, aunque polémicas o incómodas para algunos, no constituyen delito alguno. «Por muy ofensivo o provocador que resulte el mensaje, no concurren los elementos objetivos ni subjetivos del delito de odio», afirma el fallo de la Sección Primera de la Audiencia de Málaga.
Respecto al sacerdote Custodio Ballester, el tribunal indica que, aunque las afirmaciones pueden considerarse «desafortunadas, maniqueas, vinculadas con estereotipos religiosos o ideológicos intransigentes o que recurren a generalizaciones injustas y arbitrarias, no por ello pueden estimarse constitutivas de delito de incitación al odio».
Los magistrados argumentan que sus manifestaciones se pueden considerar «desafortunadas, extremas y radicales, pero que ello no las convierte en una manifestación de un delito de incitación al odio», según El Debate.
En cuanto a las declaraciones del otro sacerdote, Jesús Calvo, las consideran, al menos en buena parte, como «delirantes», pero no como calificativo, sino como realidad «constatable productos de las ideas delirantes y de los padecimientos psíquicos que padece el acusado».
Respecto al director del medio, la Sala sí considera que su conducta está más próxima y contigua al delito de incitación al odio y a sobrepasar la amplia cobertura del derecho a la libertad de expresión. De hecho, tras su estudio, los magistrados consideran probado que hay una reiteración de artículos, mensajes, entrevistas y noticias «con una fijación desorbitada con el islam, el islamismo, la migración y con una crítica permanente y continua de tales creencias».